El congresista Fernando Rospigliosi incrementó su presión sobre el Poder Judicial al solicitar que se sancione a los jueces que no apliquen la Ley 32107, norma aprobada en 2024 que abre la posibilidad de que los delitos de lesa humanidad prescriban si fueron cometidos antes de la entrada en vigor del Estatuto de Roma en 2002.
La solicitud fue presentada mediante un oficio dirigido a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, encabezada por Roberto Palacios, en el que el parlamentario exhorta a actuar de oficio contra magistrados que inapliquen la norma. En el documento, sostiene que el Tribunal Constitucional declaró la constitucionalidad de la Ley 32107 y exhortó a que sea aplicada por todos los órganos jurisdiccionales del país.
“El Tribunal Constitucional (…) ha emitido un pronunciamiento expreso mediante el cual ha declarado la constitucionalidad de la Ley 32107, exhortando que dicha norma debe ser aplicada por todos los órganos jurisdiccionales”, señala el oficio remitido al órgano de control. Rospigliosi afirma además que existirían jueces que estarían emitiendo resoluciones que desconocen o contradicen la ley, lo que —según advierte— podría configurar responsabilidades funcionales y afectar la seguridad jurídica.
No obstante, especialistas y entidades del sistema de justicia recuerdan que el Perú es Estado parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y ha ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo que obliga a los jueces a interpretar y aplicar las normas internas conforme a los estándares internacionales. Diversas instituciones, como el Ministerio Público, el Colegio de Abogados y organizaciones de derechos humanos, han advertido que la Ley 32107 podría contravenir el principio de imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad reconocido en tratados internacionales.
Uno de los precedentes más citados es el caso del líder del MRTA, Víctor Polay Campos. En marzo del año pasado, un juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional rechazó aplicar la Ley 32107 en ese proceso, al considerar que la norma podría generar impunidad y contraviene la imprescriptibilidad de los crímenes graves. Aunque la defensa invocó la ley para solicitar prescripción, el juez determinó que el marco constitucional permite ejercer control difuso para inaplicarla en casos concretos.
La Ley 32107, aprobada por el Congreso en agosto de 2024, establece que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra solo son aplicables a hechos ocurridos a partir del 1 de julio de 2002, fecha de entrada en vigor del Estatuto de Roma en el país. Para los hechos anteriores, la norma remite a los plazos de prescripción del Código Penal de 1991, lo que mantiene abierto un intenso debate jurídico y político sobre su compatibilidad con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano y el riesgo de eventual impunidad en casos emblemáticos.
Oficio presentado a la Autoridad de Control del Poder Judicial advirtiendo la posibilidad de que jueces prevaricadores no apliquen la ley 32107 de lesa humanidad pic.twitter.com/tLG3apIAcr
— Fernando Rospigliosi (@Frospigliosi) January 10, 2026
Fuente: CanalB
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