La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia resolvió mantener al juez supremo provisional Juan Carlos Checkley al frente del proceso penal seguido contra la exjefa del Gabinete Ministerial Betssy Chávez, investigada por su presunta participación en los hechos ocurridos el 7 de diciembre de 2022. El tribunal rechazó la recusación planteada por la defensa de la exfuncionaria al considerar que no se acreditaron razones objetivas para apartar al magistrado.
Con esta decisión, el máximo órgano judicial confirmó la resolución emitida por el propio Checkley el 26 de septiembre, mediante la cual desestimó de plano el pedido de inhibición. La Corte Suprema concluyó que los argumentos expuestos por la defensa no lograron demostrar una afectación real a la imparcialidad judicial exigida en este tipo de procesos.
El pronunciamiento permite que el juez continúe ejerciendo funciones de control judicial en un expediente de alta relevancia política e institucional, debido a que involucra a exintegrantes del más alto nivel del Ejecutivo durante el gobierno de Pedro Castillo. El caso es considerado emblemático por las implicancias constitucionales y penales que conlleva.
La recusación fue presentada en el contexto de una evaluación de medidas solicitadas por el Ministerio Público, orientadas a reforzar las reglas de conducta impuestas a Chávez. Entre los pedidos fiscales figuraban la prohibición de acudir a embajadas, comunicarse con autoridades extranjeras, mantener contacto con coimputados o testigos del proceso, así como el pago de una caución económica de 20 mil soles.
La defensa sustentó su pedido en un antecedente relacionado con una sentencia del Tribunal Constitucional que ordenó la excarcelación de la exjefa del Gabinete, tras anular una resolución judicial que extendió su prisión preventiva más allá del plazo legal. Según ese argumento, dicho episodio habría generado una duda razonable sobre la neutralidad del magistrado.
No obstante, la Sala Penal Permanente descartó esa interpretación y precisó que la imparcialidad judicial se presume, salvo prueba en contrario. El colegiado destacó que Checkley cumplió de inmediato el mandato del Tribunal Constitucional y ejecutó la excarcelación dispuesta, lo que evidenció respeto por el orden jurídico. En ese sentido, concluyó que las alegaciones presentadas fueron esencialmente subjetivas y carecieron de sustento fáctico verificable.
Fuente: CanalB
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