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TC deja sin efecto proceso contra Lourdes Flores Nano por aportes de campaña de 2006

Publicado el 30 de septiembre de 2026

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda presentada por la excandidata presidencial Lourdes Flores Nano y anuló el proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de lavado de activos, relacionado con los aportes realizados por las empresas brasileñas Odebrecht y Camargo Correa a la campaña presidencial de 2006 del Partido Popular Cristiano (PPC).

 

Según la imputación fiscal, Flores Nano habría recibido aportes de entre 10.000 y 15.000 dólares de Odebrecht y 100.000 dólares de Camargo Correa, estos últimos presuntamente canalizados a través de Carlos Neuhaus Tudela. La investigación por estos hechos se inició hace más de siete años y comprendió las etapas preliminar y preparatoria.

 

En mayo de este año, el entonces juez Richard Concepción Carhuancho había declarado fundada una excepción de improcedencia de acción presentada por la defensa de Flores Nano y ordenado el archivo del proceso penal. Sin embargo, dicha decisión fue apelada y la Sala de Apelaciones aún no había resuelto el recurso cuando el Tribunal Constitucional emitió su pronunciamiento.

 

La mayoría del TC sustentó su decisión, entre otros argumentos, en que la investigación llevaba siete años y dos meses y que la controversia constitucional debía ser resuelta para evitar que Flores Nano continuara sometida a las siguientes etapas del proceso. Asimismo, consideró que la modalidad de “receptación patrimonial” del delito de lavado de activos fue incorporada al ordenamiento peruano recién mediante el Decreto Legislativo 1249, vigente desde noviembre de 2016.

 

Debido a que los hechos atribuidos a Flores Nano corresponden a la campaña de 2006, bajo la vigencia de la Ley 27765, el TC consideró que aplicar dicha modalidad penal supondría una aplicación retroactiva de la ley en perjuicio de la investigada. Por ello, declaró la nulidad de todo el proceso penal respecto de los aportes de la campaña presidencial de 2006 y dejó sin efecto las investigaciones preliminar y preparatoria, así como las actuaciones posteriores derivadas de ellas, por lo que corresponde al Ministerio Público disponer el archivo de lo actuado.

 

 

 

Fuente: CanalB

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