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Carlos Caro Coria advierte posible colusión en contratación de empresa para elecciones 2026

Publicado el 14 de abril de 2026

El abogado Dino Carlos Caro Coria cuestionó el enfoque de las investigaciones penales en torno a las fallas registradas durante las elecciones generales 2026, al considerar que las imputaciones actuales contra funcionarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y la empresa Servicios Generales Galaga S.A.C. estarían limitándose a aspectos secundarios del caso.

 

Según explicó, las investigaciones se han centrado en presuntos delitos como omisión de funciones, atentado contra el derecho de sufragio y obstaculización del acto electoral, vinculados principalmente a las consecuencias de los problemas logísticos. No obstante, sostuvo que el punto clave radica en la etapa previa: el proceso de contratación de la empresa encargada del traslado del material electoral.

 

Caro Coria advirtió que la selección de Galaga como proveedor habría carecido de una debida diligencia mínima, al tratarse —según indicó— de una empresa sin capacidad operativa comprobada para asumir un encargo de tal magnitud. En ese sentido, cuestionó que no se haya evaluado adecuadamente su infraestructura ni sus antecedentes antes de adjudicarle el servicio.

 

Entre los elementos que consideró relevantes, mencionó que la empresa no contaba con suficientes vehículos propios, pese a que se requerían más de 400 unidades para cubrir el despliegue nacional. Asimismo, señaló que días antes del proceso la compañía habría buscado contratar una gran cantidad de furgonetas, lo que evidenciaría una falta de preparación logística. También recordó que en 2023 Galaga fue sancionada por la propia ONPE por incumplimientos contractuales en un servicio de menor escala.

 

Además, indicó que la empresa tenía un número reducido de trabajadores en planilla para ejecutar una operación compleja en más de dos mil locales de votación en apenas dos días. En ese contexto, el jurista consideró que estos hechos podrían configurar un caso de colusión desleal, tipificado en el artículo 384 del Código Penal, al implicar una posible defraudación al Estado en el proceso de contratación pública, incluso bajo la figura de dolo eventual.

 

 

 

Fuente: CanalB

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